MARRUECOS DEJA DE SER UNA CUESTIÓN ENTRE DOS: DE MADRID A ALGECIRAS, 1880-1906 (VIII)

Por Alfonso Bernad

Durante buena parte del siglo XIX, España pudo plantear sus diferencias con Marruecos fundamentalmente en términos bilaterales: una agresión, una reclamación, un tratado, una indemnización, una frontera.

Ese esquema comenzó a quedarse pequeño.

A medida que avanzaba el siglo, Marruecos pasó a interesar cada vez más a las grandes potencias europeas por su posición estratégica, sus puertos, sus recursos y, sobre todo, por controlar una de las últimas grandes áreas del norte de África que todavía conservaban formalmente su independencia.

A partir de ese momento España dejó de negociar únicamente con el sultán.

Tuvo que hacerlo también, directa o indirectamente, con Francia, Gran Bretaña y Alemania.

Ése es el cambio que nos interesa en este capítulo.

1880: MADRID INTERNACIONALIZA LA CUESTIÓN MARROQUÍ

La primera gran estación de ese proceso fue la Conferencia Internacional de Madrid de 1880. Aunque sea muy poco recordada.

España desempeñó en ella un papel importante.

La conferencia fue convocada por iniciativa española y comenzó sus sesiones el 19 de mayo de 1880. Tras una interrupción provocada por desacuerdos entre Francia y Marruecos, terminó el 3 de julio con una convención internacional destinada fundamentalmente a regular el régimen de protección diplomática y consular de los extranjeros y de determinados súbditos marroquíes. El Ministerio de Asuntos Exteriores atribuye a la diplomacia de Cánovas una intervención relevante en la consecución del acuerdo.

No era un asunto menor.

Las potencias extranjeras podían proteger a intérpretes, empleados y colaboradores marroquíes, colocándolos en determinadas materias fuera del alcance ordinario de las autoridades del Majzén.

Aquello proporcionaba influencia.

Y también podía convertirse en un mecanismo de penetración.

La Convención de Madrid intentó regular precisamente qué personas podían recibir esa protección y bajo qué condiciones. Participaron Alemania, Austria-Hungría, Bélgica, Dinamarca, España, Estados Unidos, Francia, Gran Bretaña, Italia, Marruecos, Países Bajos, Portugal y Suecia-Noruega.

El número de participantes ya resulta revelador.

Marruecos se estaba convirtiendo en una cuestión europea.

Documento original

La Gaceta de Madrid conserva la documentación oficial relativa a la Convención y al canje de ratificaciones:

Convención de Madrid sobre el derecho de protección en Marruecos — Gaceta de Madrid, 20 de agosto de 1881

El documento tiene además una particularidad simbólica: las actas originales de la conferencia quedaron depositadas en el Ministerio de Estado español, precisamente porque Madrid había sido la sede del encuentro.

PROTEGER A UN MARROQUÍ PODÍA SIGNIFICAR GANAR INFLUENCIA

Para entender la importancia de aquella conferencia hay que abandonar nuestra concepción moderna de la protección consular.

No se trataba simplemente de auxiliar a turistas o comerciantes.

Un marroquí que trabajaba para una legación extranjera podía recibir determinados privilegios fiscales y jurídicos. Recuerdo INFLUENCIA.

La Convención de Madrid reguló el número de intérpretes, soldados, criados y agentes que podían ser protegidos por embajadas y consulados, exigió listas oficiales de protegidos y trató de impedir que ese privilegio se extendiera indiscriminadamente.

El problema para el Sultán era evidente.

Cuantas más personas quedaban vinculadas a una potencia extranjera, menor era la capacidad efectiva del Majzén sobre ellas.

No se había ocupado territorio por parte de ninguna potencia.

Pero la soberanía empezaba a erosionarse mediante excepciones jurídicas.

Ésta es una característica importante del proceso marroquí:

la penetración europea no comenzó exclusivamente con soldados.

Llegaron también diplomáticos, comerciantes, banqueros, empresas y protegidos.

LA PROTECCIÓN DE LOS CRISTIANOS: FEZ, TÁNGER Y LA MISIÓN FRANCISCANA

La penetración europea en Marruecos durante el siglo XIX no fue únicamente comercial, diplomática o financiera.

Existió también una dimensión religiosa.

Y en ella España poseía una tradición particularmente antigua a través de los franciscanos.

La presencia franciscana en Marruecos se remontaba al siglo XIII. Durante siglos una de sus principales funciones había sido atender espiritualmente a los cautivos cristianos y, posteriormente, prestar asistencia religiosa a los europeos residentes en el Imperio.

IMAGEN – CATEDRAL DE TANGER PROCESION CORPUS: Procesión del Corpus Christi en la Catedral de Tanger. 

A comienzos del siglo XIX aquella presencia había disminuido considerablemente.

La abolición de la cautividad cristiana, la esclavitud, en Marruecos en 1816 eliminó una de las razones históricas de la misión y las transformaciones políticas españolas, incluida la desamortización, redujeron también el apoyo que recibían los religiosos.

Pero la situación cambió alrededor de la Guerra de África.

En 1859 llegaron a Marruecos cinco nuevos misioneros franciscanos españoles, iniciándose una recuperación de la misión que la propia Orden Franciscana considera el comienzo de su consolidación contemporánea en el país.

Wad-Ras proporcionó a aquella presencia una protección internacional explícita.

El artículo X del Tratado de 26 de abril de 1860 autorizó el establecimiento en Fez de una casa de misioneros españoles y garantizó el respeto a sus personas, viviendas y establecimientos.

No se trataba simplemente de tolerar privadamente el culto de unos extranjeros.

España conseguía que el sultán asumiera formalmente, mediante un tratado internacional, la obligación de proteger una institución religiosa católica española dentro de una de las principales ciudades del Imperio.

La disposición tenía un evidente contenido religioso.

Pero poseía también una dimensión política.

La Escuela Diplomática española ha señalado que, después de la Guerra de África, el Gobierno volvió a sostener oficialmente a los franciscanos y que la política exterior española consideraba a la Orden un instrumento útil de presencia e influencia en Marruecos.

Esta circunstancia debe interpretarse dentro de la mentalidad del siglo XIX.

Francia utilizaba tradicionalmente la protección de comunidades e instituciones católicas como instrumento de influencia en diferentes territorios del Mediterráneo oriental.

España disponía en Marruecos de su propia tradición religiosa y franciscana.

Las misiones podían ejercer simultáneamente varias funciones:

religiosa; educativa; asistencial; cultural;

y, de manera indirecta, diplomática.

FEZ

La presencia en Fez resulta especialmente significativa.

Fez no era una simple ciudad cercana a Rabat, que era frecuentada por comerciantes europeos.

Era una de las grandes capitales políticas, religiosas “ciudad santa” y culturales del sultanato.

Obtener mediante tratado el derecho a mantener allí una casa de misioneros españoles significaba introducir una presencia institucional permanente en el interior del país.

Esta cláusula de Wad-Ras debe relacionarse con otra disposición del mismo tratado: España adquirió también el derecho de que su representante diplomático pudiera residir en Fez o en aquella ciudad que considerase más conveniente para los intereses españoles.

Misioneros y diplomáticos aparecían así dentro de una misma ampliación de la presencia española posterior a 1860.

TÁNGER

Tánger tenía características distintas.

Durante el siglo XIX se convirtió progresivamente en la gran puerta diplomática de Marruecos.

Allí residían numerosos representantes consulares extranjeros y se concentraban comerciantes y comunidades europeas.

La presencia católica adquirió por ello una importancia creciente.

La misión franciscana española recuperada desde 1859 terminó consolidándose en el norte marroquí y Tánger se convirtió en uno de sus principales centros.

La vinculación fue tan profunda que, cuando el papa Pío X reorganizó la estructura eclesiástica en 1908, la antigua Prefectura Apostólica fue elevada a Vicariato Apostólico, con dignidad episcopal y con el título histórico de Tingis (el nombre que le dieron los romanos).

Esto ocurrió apenas dos años después de Algeciras.

No debemos establecer entre ambos acontecimientos una relación causal automática.

Pero sí contemplarlos dentro de una misma realidad histórica:

la presencia europea en Marruecos estaba adquiriendo una estructura cada vez más permanente.

Consulados.

Escuelas.

Hospitales.

Empresas.

Misiones.

Instituciones financieras.

Cada una pertenecía a un ámbito diferente, pero todas contribuían a incrementar el contacto —y en ocasiones la dependencia— del sultanato respecto de Europa.

PROTECCIÓN, NO LIBERTAD RELIGIOSA EN SENTIDO MODERNO

Conviene introducir aquí una precisión.

No estamos todavía ante una proclamación general de libertad religiosa en el sentido contemporáneo.

Las garantías tenían fundamentalmente carácter convencional.

Protegían a extranjeros, religiosos y establecimientos determinados porque existía un tratado internacional que obligaba al sultán a respetarlos.

El régimen jurídico de un misionero español protegido por España no era necesariamente equivalente al de un súbdito musulmán marroquí que pretendiese abandonar el islam.

Son cuestiones históricamente distintas.

La protección de los cristianos extranjeros formaba parte de una red de privilegios consulares que las potencias europeas fueron ampliando durante el siglo XIX.

Y ésa fue precisamente una de las materias que la Conferencia de Madrid de 1880 intentó ordenar.

RELIGIÓN Y POLÍTICA EXTERIOR

Por ello sería un error considerar estas misiones únicamente desde la historia de la Iglesia.

También pertenecen a la historia de las relaciones internacionales.

Un franciscano español instalado en Fez o Tánger no era un diplomático.

Pero su escuela, hospicio, iglesia o residencia creaban una presencia española estable.

Proporcionaban contactos.

Facilitaban el conocimiento de lenguas y costumbres.

Atendían a los españoles residentes.

Y mantenían un vínculo cultural con España en un territorio donde otras potencias competían exactamente por aumentar su propia influencia.

El Ministerio de Estado español lo comprendió perfectamente.

Por eso, después de 1860, la protección de las misiones franciscanas volvió a formar parte de la política española en Marruecos.

IMAGEN – CONFERENCIA DE ALGECIRAS

Cuando llegamos a Madrid 1880 y después a Algeciras 1906, debemos recordar por tanto que las potencias europeas no llegaban a Marruecos únicamente acompañadas de soldados y banqueros.

Llegaban también mediante sus consulados, escuelas, hospitales y misiones religiosas.

España contaba, en ese terreno, con una presencia histórica especialmente vinculada a la Orden Franciscana.

Era otra pieza —menos visible que un tratado territorial, pero no irrelevante— del progresivo entramado europeo alrededor del Imperio marroquí.

FRANCIA AVANZA

Durante las últimas décadas del siglo XIX la posición francesa fue fortaleciéndose.

Francia controlaba Argelia desde 1830.

Eso convertía a Marruecos en una prolongación natural de sus preocupaciones estratégicas norteafricanas.

La frontera argelino-marroquí, las relaciones con las tribus, el comercio y la seguridad proporcionaban a París argumentos continuos para intervenir.

España tenía intereses históricos evidentes en el norte.

Pero no disponía de la capacidad económica, militar ni diplomática francesa.

Y Gran Bretaña tenía una prioridad distinta:

el Estrecho.

Para Londres, el problema central era impedir que una potencia rival controlase simultáneamente posiciones capaces de amenazar la comunicación con Gibraltar y el Mediterráneo, Suez. Siempre sus intereses.

Esa diferencia de intereses ayuda a comprender el acuerdo que cambiaría decisivamente el equilibrio.

1904: FRANCIA Y GRAN BRETAÑA SE ENTIENDEN

El 8 de abril de 1904, Francia y Gran Bretaña alcanzaron la denominada Entente Cordiale.

En términos coloniales, el intercambio fundamental fue bastante claro:

Gran Bretaña aceptaba la primacía francesa en Marruecos.

Francia reconocía la posición británica en Egipto.

Pero existía una cuestión española que no podía ignorarse.

El acuerdo franco-británico establecía que determinadas zonas de la costa marroquí próximas al Estrecho no debían ser fortificadas y exceptuaba expresamente las plazas que España ya poseía en la costa mediterránea.

La documentación diplomática estadounidense de la época recoge textualmente esa previsión y explica que para Gran Bretaña la seguridad del Estrecho de Gibraltar constituía un interés estratégico vital.

Una vez más aparece Gibraltar.

No como una obsesión historiográfica española.

Como realidad estratégica británica. La ruta desde la India, Suez, Gibraltar, Gran Bretaña. De ida India-GB, materias primas, de vuelta GB-India, productos manufacturados con esas materias primas que se vendían mucho más caros que las materias primas.

ESPAÑA ENTRA EN EL ACUERDO

Francia debía entenderse también con España.

El 3 de octubre de 1904, Madrid y París alcanzaron un acuerdo por el cual España se incorporaba indirectamente al esquema franco-británico sobre Marruecos.

Existía una parte pública y otra reservada.

Parte pública. https://www.dipublico.org/108572/declaracion-hispanofrancesa-acerca-de-marruecos-firmada-en-paris-el-3-de-octubre-de-1904/

La declaración secreta delimitaba una zona de influencia española en el norte marroquí, aunque más reducida que la contemplada en negociaciones anteriores. La Escuela Diplomática española calcula que esa zona rondaba los 22.000 kilómetros cuadrados, aproximadamente una quinta parte del territorio entonces considerado dentro del Imperio jerifiano.https://www.usc.gal/es/investigar-na-usc/investigar/institutos-centros-investigacion/cpi/ceso/tratados-acuerdos-otros-textos

Aquí conviene fijar una diferencia esencial.

España conservaba intereses propios.

Pero ya no estaba determinando unilateralmente cuál sería su posición futura en Marruecos.

La estaba negociando dentro de un equilibrio diseñado principalmente entre Francia y Gran Bretaña.

La documentación diplomática española ha descrito esta situación con bastante crudeza: España quedó vinculada a la Entente franco-británica desde una posición secundaria y condicionada.

Éste es un cambio histórico considerable respecto de 1860.

En Wad-Ras España había impuesto las condiciones de paz después de una victoria militar.

En 1904 negociaba qué parte de influencia podía conservar dentro de un arreglo internacional cuyo impulso principal procedía de otras potencias.

ALEMANIA NO ACEPTA EL REPARTO

Faltaba un actor.

Alemania.

El Imperio alemán tenía intereses comerciales en Marruecos y, sobre todo, no estaba dispuesto a aceptar que Francia ampliase su poder sin recibir compensaciones ni consultar al resto de las potencias.

El káiser Guillermo II decidió intervenir directamente.

El 31 de marzo de 1905 desembarcó en Tánger.

Su visita pretendía defender públicamente la independencia y soberanía del sultán frente al creciente predominio francés.

No debemos interpretar esta defensa alemana como un gesto altruista hacia Marruecos.

Alemania estaba defendiendo su propia posición internacional y tratando de impedir que Francia consiguiera una ventaja estratégica sin contrapartidas.

Pero consiguió algo importante:

internacionalizó de nuevo el problema.

París ya no podía resolver la cuestión exclusivamente mediante sus acuerdos con Londres y Madrid.

Berlín exigía una conferencia internacional. El propio Ministerio español de Asuntos Exteriores identifica la visita de Guillermo II a Tánger en marzo de 1905 como el gesto que desencadenó la convocatoria de Algeciras.

¿POR QUÉ ALGECIRAS?

La elección de una ciudad española no fue accidental.

El sultán aceptó que la conferencia se celebrara en Algeciras, frente a Gibraltar y a escasa distancia marítima de Tánger. La correspondencia estadounidense de octubre de 1905 señalaba expresamente esa proximidad geográfica: Algeciras se encontraba enfrente de Gibraltar y a pocas horas de Tánger por mar.

España actuó como país anfitrión.

La conferencia comenzó el 16 de enero de 1906.

Participaron trece Estados:

Alemania; Austria-Hungría; Bélgica; España; Estados Unidos; Francia; Gran Bretaña; Italia; Marruecos; Países Bajos; Portugal; Rusia; Suecia.

El ministro español de Estado, Juan Manuel Sánchez y Gutiérrez de Castro, duque de Almodóvar del Río, fue elegido por unanimidad presidente de la conferencia.

España no era la potencia dominante en la negociación.

Pero estaba sentada en el centro de la mesa.

LA PARADOJA DE ALGECIRAS

El Acta General comenzó proclamando tres principios:

soberanía e independencia del sultán;

integridad territorial de Marruecos;

libertad económica sin desigualdad.

La formulación era impecable.

El problema aparece cuando observamos las medidas aprobadas para garantizar esos principios.

La Conferencia reguló:

la policía; el tráfico de armas (el contrabando); el Banco del Estado de Marruecos; la fiscalidad; las aduanas (el contrabando); los servicios públicos; las obras públicas.

Es decir, mientras las potencias afirmaban solemnemente la independencia marroquí, comenzaban a intervenir colectivamente en sectores esenciales de un Estado soberano.

Ésa es la gran paradoja de Algeciras.

Se reconocía la soberanía del sultán mientras se reducía progresivamente su capacidad para ejercerla sin supervisión extranjera.

LA POLICÍA: FRANCIA Y ESPAÑA

Uno de los puntos más conflictivos fue la organización policial.

La policía seguiría formalmente bajo soberanía del sultán y estaría compuesta por marroquíes.

Pero determinados oficiales extranjeros participarían en su instrucción y supervisión.

Francia y España obtuvieron un papel especial.

La documentación diplomática de la conferencia muestra que los representantes franceses, británicos, rusos, españoles y portugueses apoyaron que la instrucción de la policía en los principales puertos quedase en manos de oficiales franceses y españoles.

Alemania se opuso inicialmente porque consideraba que aquello otorgaría a Francia y España una posición privilegiada incompatible con la igualdad internacional que Berlín reclamaba.

Finalmente se alcanzó un compromiso.

España había obtenido así algo importante:

su condición de potencia especialmente interesada en Marruecos quedaba reconocida internacionalmente junto a Francia.

No era comparable en peso político a París.

Pero tampoco quedaba reducida a la condición de cualquier otro Estado firmante.

EL BANCO DEL ESTADO DE MARRUECOS

El segundo instrumento fundamental fue financiero.

Algeciras creó las bases del Banco del Estado de Marruecos.

Formalmente era una institución marroquí.

En la práctica, el capital y la gestión estaban profundamente vinculados a las potencias extranjeras.

La conferencia discutió largamente el reparto de participaciones y el papel especialmente fuerte de los bancos franceses. La documentación estadounidense reconoce que la posición financiera adquirida por Francia durante los años anteriores quedó ampliamente preservada.

Volvemos así al hilo iniciado en 1860.

Entonces Marruecos había recurrido al crédito exterior británico para pagar la indemnización de Wad-Ras.

En 1906 la penetración financiera extranjera había alcanzado una dimensión mucho mayor y estaba ya institucionalizada internacionalmente. El endeudamiento era enorme.

No existe una línea causal automática entre ambos momentos.

Pero sí existe una continuidad:

la debilidad fiscal marroquí proporcionó a las potencias una vía permanente de intervención.

ADUANAS, IMPUESTOS Y OBRAS PÚBLICAS

El Acta de Algeciras tenía 123 artículos.

Su detalle resulta revelador.

Regulaba el funcionamiento de las aduanas.

Establecía medidas contra el fraude y el contrabando.

Introducía mecanismos para mejorar la recaudación fiscal.

Organizaba la concesión de determinadas obras públicas.

Y preveía sistemas de arbitraje en controversias económicas.

Marruecos continuaba siendo formalmente independiente.

Pero cada vez más áreas de su administración quedaban sujetas a compromisos internacionales.

UN DOCUMENTO QUE CONVIENE LEER

Aquí debemos seguir la regla establecida desde el comienzo de esta serie.

El lector debe tener acceso al texto original.

La Gaceta de Madrid de 2 de enero de 1907 publicó íntegramente el Acta General de la Conferencia Internacional de Algeciras.

Acta General de la Conferencia Internacional de Algeciras, 7 de abril de 1906 — texto íntegro en la Gaceta de Madrid

El texto comienza en la primera página y termina con las firmas y el protocolo adicional.

Tiene un detalle especialmente interesante para España.

El artículo 123 mantiene vigentes los tratados y convenios anteriores de las potencias con Marruecos, salvo cuando entren en contradicción con el Acta de Algeciras.

Esto significa que Algeciras no borró automáticamente el sistema jurídico hispano-marroquí construido durante el siglo XIX.

Lo incorporó a un nuevo orden internacional superior allí donde existiera conflicto normativo.

EL ORIGINAL QUEDÓ EN ESPAÑA

Existe además una circunstancia poco conocida.

El Acta General se firmó el 7 de abril de 1906 en un único ejemplar.

Ese original debía quedar depositado:

en los archivos del Gobierno de Su Majestad Católica.

España no sólo fue anfitriona.

Quedó depositaria del documento internacional.

El artículo 121 estableció además que las ratificaciones de las potencias debían depositarse en Madrid.

Las ratificaciones quedaron formalmente depositadas el 31 de diciembre de 1906. Marruecos había dado su adhesión mediante decreto de 18 de junio de 1906.

Hay algo simbólico en ello:

una conferencia convocada para decidir buena parte del futuro de Marruecos terminó dejando su instrumento jurídico principal custodiado en España.

¿QUIÉN GANÓ EN ALGECIRAS?

Alemania consiguió que el problema fuese sometido a una conferencia internacional y logró preservar formalmente los principios de igualdad económica e independencia marroquí.

Pero diplomáticamente quedó bastante aislada.

Francia mantuvo la posición privilegiada que había ido construyendo.

Gran Bretaña apoyó fundamentalmente a Francia.

España preservó un papel especial en el norte y en la organización policial.

La documentación diplomática estadounidense resumía el resultado señalando que los principios internacionales defendidos por Alemania habían sido formalmente reconocidos, pero que la posición financiera previamente adquirida por Francia había quedado igualmente consolidada.

En otras palabras:

Alemania obtuvo principios.

Francia conservó influencia.

España conservó una zona de interés.

Y Marruecos perdió margen de maniobra.

UNA INDEPENDENCIA CADA VEZ MÁS FORMAL

Aquí se encuentra la consecuencia histórica que más nos interesa.

En 1906 las potencias afirmaron expresamente que respetaban la soberanía y la independencia marroquíes.

Seis años después se establecería el Protectorado.

No porque Algeciras decretase directamente ese resultado.

No lo hizo.

Pero la conferencia consolidó un sistema en el cual las principales funciones del Estado marroquí estaban cada vez más condicionadas por decisiones extranjeras.

Policía.

Banca.

Aduanas.

Fiscalidad.

Obras públicas.

Comercio.

El sultán seguía reinando.

Pero cada vez era más difícil gobernar sin tener presentes a las cancillerías europeas.

ESPAÑA: DE VENCEDORA A POTENCIA SECUNDARIA

Para España también se había producido una transformación profunda.

En 1860 había negociado con Marruecos desde la posición del ejército vencedor.

En 1906 su posición internacional era distinta.

La pérdida de Cuba, Puerto Rico y Filipinas en 1898 había confirmado el retroceso del antiguo imperio ultramarino.

Marruecos ofrecía ahora a Madrid una posibilidad de mantener presencia exterior, defender Ceuta y Melilla y conservar peso estratégico en el Estrecho.

Pero España debía hacerlo dentro de un sistema dominado principalmente por potencias más fuertes.

Esto explica en buena medida la política africana española de las décadas siguientes.

No se trataba únicamente de expansionismo territorial.

Existía también una preocupación estratégica:

si España renunciaba a intervenir en el norte marroquí, otra potencia ocuparía ese espacio inmediatamente enfrente de sus costas y alrededor de Ceuta y Melilla.

La cuestión no era simplemente:

¿debemos entrar en Marruecos?

También podía formularse así:

¿qué ocurriría si España no entraba y Francia ocupaba toda la costa frente al Estrecho?

GRAN BRETAÑA Y EL EQUILIBRIO QUE LE CONVENÍA

Desde la perspectiva británica, el resultado resultaba razonable.

Francia aumentaba su influencia en Marruecos.

Pero no adquiría libertad absoluta en la costa del Estrecho.

España conservaba una zona septentrional.

Y Gibraltar continuaba situado frente a un espacio cuyo equilibrio quedaba sometido a acuerdos internacionales.

Este resultado encaja perfectamente con una constante de la política británica:

evitar que una sola potencia continental domine las dos orillas de un paso marítimo estratégico.

No hace falta atribuir a Londres omnipotencia.

Basta con observar sus intereses y sus decisiones.

DE ALGECIRAS AL PROTECTORADO

Algeciras no solucionó la cuestión marroquí.

La aplazó.

Francia continuó aumentando su influencia.

Alemania volvería a desafiarla.

En 1911 estallaría una segunda gran crisis internacional, esta vez alrededor de Agadir.

El resultado terminaría despejando el camino hacia el nuevo régimen.

En 1912, Marruecos dejaría de ser un Estado plenamente independiente en el sentido efectivo del término.

Francia establecería su Protectorado.

España obtendría una zona propia en el norte y otra al sur.

Y comenzaría una de las etapas más difíciles de la historia contemporánea española en África.

El problema ya no sería delimitar Melilla.

Ni exigir al sultán que controlase las cabilas.

Ahora España tendría que intentar gobernar parte del territorio rifeño.

Y el Rif demostraría que firmar un Protectorado en una mesa diplomática era mucho más fácil que imponerlo en las montañas.

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